#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaMigratoria: Recomendaciones migratorias para su viaje al extranjero

Con el arribo de la época festiva de fin e inicio de año, muchas personas aprovechan para visitar otros países durante sus días libres. Por ello, tanto para las personas extranjeras como para nacionales, es importante recordar ciertos aspectos relativos al proceso migratorio, con el fin de evitar un trago amargo que atrase el disfrute de su viaje.
 
Si usted es una persona extranjera y ostenta alguna categoría migratoria en Costa Rica, sea residencia, estancia o categoría especial, tome en cuenta lo siguiente:
 
  1. Recuerde que su pasaporte siempre será el documento oficial de entrada y salida al país. Por ello, manténgalo vigente y en buen estado de conservación.
  2. Su documento de identidad migratorio para extranjeros (DIMEX) debe permanecer vigente. En aquellos casos en que la fecha de vencimiento indicada en el documento ya haya transcurrido, habiendo sido sujeto a la prórroga de vigencia emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), agende su cita de renovación (deberá hacerlo antes del 31 de diciembre del año en curso) y porte a mano el comprobante que reciba de esta. Su DIMEX quedará prorrogado hasta el día de la cita y, mientras tanto, dicho comprobante será el documento que acredite su permanencia legal en el país.
  3. Bajo el mismo supuesto de documentación vencida, Migración otorgó la posibilidad de obtener una constancia de aplicación de prórroga de vigencia de DIMEX, el cual es un documento oficial firmado por el personal de la entidad migratoria, que hace constar que su documento de identidad se encuentra vigente. Dicha constancia puede ser tramitada tanto vía correo electrónico a la dirección dimex@migracion.go.cr, como de manera física en las oficinas centrales de Migración y Extranjería, ubicadas en La Uruca, San José. De ser posible, tramítelo.
  4. Para los menores de edad que ostenten residencia o categoría especial, deberá tramitarse el correspondiente permiso de salida del país, a efectos de habilitar su abandono del territorio nacional.
Si usted es costarricense y planea abandonar el territorio nacional, es importante lo siguiente:
 
  1. Revise la vigencia de su pasaporte. El país de destino, en el uso de sus facultades soberanas, podrá requerirle una vigencia mínima en su documento para el ingreso a sus fronteras. Por ello, es importante repasar los requisitos específicos de ingreso a su país de destino, tales como necesidad de visa y vigencia del pasaporte.
  2. El artículo 76 de la Ley General de Migración establece otros requisitos de egreso del país, tales como no tener impedimentos de salida ordenados por autoridades judiciales, y cancelar los aranceles correspondientes que le habiliten para abandonar el territorio.
  3. Todos los menores de edad deberán contar con su permiso de salida debidamente emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería.
  4. Una sana práctica migratoria consiste en verificar si existe o no representación diplomática costarricense en su país de destino. Si la hay, conozca los pormenores de su ubicación y de manera previa, notifíqueles de su viaje en caso de que llegue a surgir alguna emergencia.
  5. En caso de pérdida o robo de su pasaporte, deberá informar a las autoridades locales y posteriormente, ponerse en contacto de inmediato con las autoridades consulares costarricenses, a fin de que puedan emitir un documento que le habilite a viajar de vuelta Costa Rica.
Esperamos que pueda tomar en cuenta estas recomendaciones que le brindamos y disfrutar sin preocupaciones, el destino de su elección para estos días festivos que se aproximan.

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