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#CostaRica 🇨🇷 #BDS_AlertaLaboral: Aprobado en segundo debate proyecto de ley de prescripción de deudas con la CCSS para trabajadores independientes

Escrito por BDS Asesores | 18/04/2023 07:01:10 PM
Ayer, lunes 17 de abril, se aprobó en segundo debate el proyecto de ley N°. 21.434, denominado: "Ley del Trabajador Independiente", el cual establece un plazo de prescripción de cuatro años para que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) pueda determinar la obligación contributiva, imponer sanciones y cobrar las obligaciones a los contribuyentes.
 
Solamente en los casos donde el trabajador independiente no se haya inscrito, incumpla sus deberes de declaración o presente declaraciones fraudulentas regirá un plazo de prescripción de diez años
 
Para aplicar la figura de la prescripción, el trabajador independiente deberá solicitarla, sea en sede administrativa o en sede judicial. 
 
Los trabajadores independientes que hayan adquirido deudas con la CCSS antes de la entrada en vigencia de esta ley podrán solicitar igualmente la prescripción de cuatro años, sin importar que tengan o no procedimientos abiertos ante la institución aseguradora. 
 
Esta ley procura que los trabajadores independientes con deudas existentes –así como aquellos que no se han inscrito ante la CCSS– se acerquen a regularizar su situación, para lo cual se habilita un período de amnistía de veinticuatro meses en el que estos se podrán inscribir y acogerse al plazo de prescripción de cuatro años. Una vez transcurridos los veinticuatro meses de la amnistía, quienes no se hayan inscrito como trabajadores independientes quedarán sujetos al plazo de prescripción de diez años.
 
Estos beneficios no aplican para relaciones obrero-patronales, sino solo para los trabajadores independientes, los cuales se definen, por ley, como aquellos que realizan trabajos de forma autónoma, sin subordinación, y asumiendo los riesgos de su actividad. 
 
La CCSS cuenta con seis meses para realizar los ajustes en sus sistemas para la implementación de esta ley, pero ello no impedirá su aplicación inmediata, una vez sea firmada por el Poder Ejecutivo y publicada en La Gaceta.
 
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