Este viernes se han publicado en el Alcance 148 de la Gaceta la RFORMA AL DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 42690-MGP-S DEL 30 DE OCTUBRE DE 2020, DENOMINADO MEDIDAS MIGRATORIAS TEMPORALES EN EL PROCESO DE REAPERTURA DE FRONTERAS EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA POR EL COVID-19, las mismas son:
Documento que permita verificar que la persona cuenta con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 y que ese esquema se haya completado al menos 14 días antes del ingreso al territorio nacional. O bien, en caso de no cumplir con el requisito anterior, se deberá contar con un seguro de viaje que cubra al menos los gastos de alojamiento y gastos médicos generados por la enfermedad COVID-19, así como gastos de hospedaje.
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