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#Guatemala 🇬🇹 #BDS_Informa: No se aplicará el traslado por fomento al turismo durante el asueto del 15 de septiembre

Escrito por BDS Asesores | 8 sept 2026 17:58:33

En 2026, el martes 15 de septiembre —fecha en que Guatemala celebra su independencia— no estará sujeto al traslado de asueto que sí opera para otras conmemoraciones.

La Ley que Promueve el Turismo Interno (Decreto Número 42-2010 del Congreso de la República, reformado por el Decreto 19-2018) permite trasladar ciertos asuetos al lunes más próximo. Sin embargo, su artículo 2 exceptúa expresamente de ese traslado, entre otras fechas, el 15 de septiembre. Por lo tanto, el asueto debe gozarse precisamente el martes 15, tal como lo ha confirmado el Ministerio de Trabajo y Previsión Social para este año.

En consecuencia, el empleador no puede trasladar unilateralmente el descanso al lunes 14. Ese cambio solo puede originarse en una solicitud de los propios trabajadores, aceptada por el empleador.

Aun si se autoriza el cambio de día, las horas correspondientes al asueto siguen computándose dentro del límite semanal de jornada, igual que si se hubiera gozado en la fecha original. Trasladar el descanso al lunes no “corre” la semana laboral ni genera, por sí mismo, horas pendientes de compensar: la semana continúa cerrando en el día y la forma habituales.

Finalmente, si el trabajador labora efectivamente el martes 15 de septiembre —día legal del asueto—, esas horas deben pagarse como tiempo extraordinario, conforme al Código de Trabajo.

Si tiene dudas al respecto de éste u otros temas laborales, podemos asesorarle. Contáctenos.