Actualidad Laboral

#CostaRica 🇨🇷 #BDS_Informa: Consideraciones legales sobre el feriado del 25 de diciembre

Escrito por BDS Asesores | 18/12/2024 04:16:26 PM

En medio de las festividades de este mes, queremos recordarles algunos aspectos claves en torno al feriado del 25 de diciembre, Día de Navidad, que este año se celebrará un miércoles.

Forma correcta de remuneración

De acuerdo con el artículo 148 del Código de Trabajo, este día es de pago obligatorio para todos los trabajadores.

En caso de que el trabajador reciba el pago por hora, día o semana, tendrá derecho a recibir el salario ordinario de la semana más un día adicional sencillo para cubrir el feriado. Si se labora, se deberá pagar doble.

Si el trabajador recibe pago por semana por quincena o por mes, se paga el salario de todos los días del periodo correspondiente, aunque sean días de descanso semanal o feriados; por tanto, se tiene que pagar el salario completo de la quincena, del mes o la semana, por lo que ya estaría incluido el feriado, aunque no se trabaje.  En caso de que se trabaje, se debe pagar un adicional sencillo, es decir, se paga doble.

En nuestra plataforma BDS Tools, podrá encontrar otros aspectos legales que debe considerar a propósito de este feriado.

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