El Décimo Tercer Mes es, sin duda, uno de los derechos laborales más esperados y valorados por la fuerza trabajadora en Panamá. Más que un simple "bono", es una conquista social que busca aliviar la carga económica de las familias panameñas en momentos clave del año.
En Panamá, este derecho se estableció mediante el Decreto de Gabinete No. 221 del 18 de noviembre de 1971 (previo al Código de Trabajo vigente) y, debido a dudas en su interpretación, fue reglamentado mediante el Decreto N.º 19 de 7 de septiembre de 1973.
El “décimo”, como popularmente es llamado, consiste en una bonificación especial a la que tienen derecho todos los trabajadores, ya sean de la empresa privada o del sector público, sin importar el tipo de contrato (definido, indefinido o por obra determinada).
En este punto, es importante destacar que hasta el año 2024, el XIII mes del sector público tenia un tope de $170.00 en cada partida, independientemente del salario del funcionario. Sin embargo, mediante un fallo del 12 de enero del 2024, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional ese tope por considerarlo discriminatorio y violatorio del principio de igualdad frente a los trabajadores del sector privado. Actualmente, el cálculo para un funcionario se realiza sobre la totalidad de sus ingresos percibidos en el periodo, eliminando la brecha que existió por décadas entre el sector público y el privado.
A diferencia de otros países donde el XIII mes (denominado aguinaldo en algunas regiones) se paga en una sola cuota, en nuestro país este beneficio se divide en tres partidas, distribuidas a lo largo del año así:
El monto de cada partida equivale a un día de salario por cada once días de trabajo (o fracción). En términos prácticos la fórmula consiste en sumar todos los salarios percibidos durante el cuatrimestre correspondiente y dividir el total entre 12.
A pesar de que la fórmula parece sencilla, es importante aclarar que no todas las remuneraciones se toman en cuenta para su cálculo y que pueden ocurrir situaciones particulares en las que, a pesar de que el trabajador no esté prestando servicio ni recibiendo salario de la empresa, se debe calcular el mismo como si estuviere laborando.
Definitivamente, el Décimo Tercer Mes representa una pieza fundamental para dinamizar la económica nacional. Para el trabajador es un respiro financiero en épocas en las que regularmente se tienen más gastos; para el empleador, una responsabilidad legal ineludible, que debe provisionarse mes a mes para garantizar el cumplimiento puntual de la ley.
Si tiene dudas sobre el manejo, las exclusiones o el cálculo de este importante derecho, puede contactarnos para recibir asesoría especializada.