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#ElSalvador 馃嚫馃嚮 #BDS_AlertaLaboral:聽Reforma a la Ley para la Protecci贸n de Datos Personales

Escrito por BDS Asesores | Sep 21, 2026, 4:26:02鈥疨M

Recientemente, la Asamblea Legislativa de nuestro pa铆s aprob贸 varias reformas a la Ley para la Protecci贸n de Datos Personales (LPDP), dirigidas a simplificar el ejercicio de los derechos de los titulares y brindar mayor flexibilidad a las organizaciones para gestionar las solicitudes conforme a su estructura interna.

Principales cambios para las empresas

  • Se elimina la obligaci贸n de designar un Delegado de Protecci贸n de Datos Personales: la empresa, como sujeto obligado, ser谩 directamente responsable de recibir, tramitar y resolver las solicitudes de derechos ARCO-POL. Cada organizaci贸n podr谩 definir los canales institucionales para recibir estas solicitudes, los cuales deber谩n identificarse claramente en su Aviso de Privacidad.

  • Se mantiene el plazo de cinco d铆as h谩biles para hacer efectivo el retiro del consentimiento y comunicar a terceros la correcci贸n o eliminaci贸n de datos previamente compartidos. Las empresas deber谩n dejar constancia cuando los datos se encuentren en revisi贸n debido a una solicitud de rectificaci贸n.

  • La Agencia de Ciberseguridad del Estado conservar谩 sus facultades de inspecci贸n y control.

  • El Director de Protecci贸n de Datos Personales, nombrado por el Presidente de la Rep煤blica por un per铆odo de tres a帽os, ser谩 responsable de tramitar los procedimientos administrativos sancionadores.

驴Qu茅 deben hacer ahora las empresas?

Aunque se ha eliminado la obligaci贸n de designar un Delegado de Protecci贸n de Datos Personales, las dem谩s obligaciones establecidas en la LPDP contin煤an vigentes. Por ello, de manera atenta, recomendamos:

  • Definir el 谩rea o la persona responsable de gestionar las solicitudes de los titulares.

  • Revisar y actualizar los avisos de privacidad, incorporando los canales habilitados para presentar solicitudes.

  • Adecuar los procedimientos internos para garantizar el cumplimiento de los plazos legales.

  • Implementar registros que permitan documentar la recepci贸n, tramitaci贸n y resoluci贸n de cada solicitud.

  • Capacitar al personal que participe en el tratamiento de datos personales.

El decreto que establece las reformas descritas entrar谩 en vigor ocho d铆as despu茅s de su publicaci贸n en el Diario Oficial. 

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