Los estudios de la OIT determinan que la poblaci贸n LGTBI tienen mayores dificultades para ser contratados, y cuando lo son, se les despide injustamente, no tienen las mismas posibilidades de capacitaci贸n y promoci贸n y adem谩s, perciben salarios menores a los que reciben en iguales condiciones los trabajadores heterosexuales.
Aunque Costa Rica, desde hace muchos a帽os posee normativa que proh铆be la discriminaci贸n, es hasta con la entrada en vigencia la Reforma Procesal Laboral en julio de 2017, que se dota de tanta fortaleza dicha prohibici贸n, en su T铆tulo Octavo del C贸digo de Trabajo.
En lo que interesa, se impide de manera concreta la discriminaci贸n en raz贸n de la orientaci贸n sexual. Conforme la nueva normativa, todas las oportunidades laborales deber谩n darse en igualdad de condiciones, siempre que se re煤nan los requisitos formales solicitados.
La normativa incluso va m谩s all谩 e incluy贸 una nueva falta grave, como lo es discriminar en un proceso de reclutamiento, selecci贸n, nombramiento, movimientos de personal o cualquier otra forma que haga incurrir en discriminaci贸n. Es decir, la poblaci贸n LGTBI debe ser tratada en igualdad de condiciones dentro del centro de trabajo.
Siguiendo esa l铆nea de pensamiento de igualdad e inclusi贸n, la Sentencia No. 2018-13783 del 08 de agosto de 2018 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, declara inconstitucional el art铆culo 242 del C贸digo de Familia y el art铆culo 4 inciso m de la Ley de la Persona Joven, instando a la Asamblea Legislativa a regular los alcances y efectos de la uni贸n de personas del mismo sexo.
La Sala Constitucional acogiendo la opini贸n consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos No. OC/24/17, le otorga al Poder Ejecutivo 18 meses para aprobar el matrimonio igualitario, en igualdad de derechos al heterosexual. El plazo inicia a correr con la publicaci贸n integral del fallo, en el Bolet铆n Judicial el 14 de noviembre de 2018, venciendo el 26 mayo de 2020.
No habiendo logrado la Asamblea Legislativa legalizar el matrimonio igualitario, conforme lo dict贸 la Sala Constitucional, el 26 de mayo siguiente entrar谩 en vigencia de manera autom谩tica, en id茅nticas condiciones al matrimonio heterosexual. Es decir, disfrutar谩 de los mismos beneficios y obligaciones, permeando de manera inmediata, tambi茅n temas relativos a las relaciones laborales.
Lo anterior, permite determinar que la legalizaci贸n del matrimonio igualitario trae grandes retos a las personas empleadoras, quienes deber谩n ajustar sus regulaciones internas a esta nueva realidad, realidad en donde la igualdad no ser谩 opcional respecto a los beneficios y regulaciones internas, sino que la misma ser谩 obligatoria y adem谩s, legitimada por las figuras de la normativa nacional costarricense, creando un ambiente de inclusi贸n inmediata en todas las instancias y afectando consecuentemente la relaci贸n laboral.
El matrimonio igualitario implicar谩 necesarios cambios en la relaci贸n laboral, toda vez que le dar谩 acceso a las nuevas parejas a la licencia por adopci贸n, permisos de residencia, pensi贸n, Seguridad Social y prestaciones laborales en caso de fallecimiento del o la c贸nyuge, pero adem谩s, les da derecho a disfrutar de los beneficios internos que otorga com煤nmente la empresa en igualdad de condiciones.
驴Sab铆a usted que las organizaciones patronales deben modificar sus pol铆ticas internas, para asegurar que no existan regulaciones discriminatorias? Ej. Deben resguardarse en igual condici贸n los beneficios de licencias de paternidad, permisos con goce de salario por matrimonio, acceso a seguros m茅dicos o p贸lizas y cualquier otro beneficio que otorgue la empresa.
Es decir, previo a la legalizaci贸n del matrimonio igualitario debe existir una revisi贸n integral de las regulaciones laborales y pol铆ticas internas de la empresa, para ajustar la normativa interna que rige las relaciones laborales y sus beneficios, con el objetivo de evitar contenido que pueda ser catalogado como discriminatorio y sirva de sustento para reclamos judiciales.
Colaboraci贸n de nuestro abogado: Juan Diego Zeled贸n Ag眉ero / jzeledon@bdsasesores.com
Este y otros art铆culos los puede encontrar en nuestro blog del peri贸dico La Naci贸n: Caf茅 Laboral