El lunes 18 de abril del presente a帽o la Asamblea Legislativa aprob贸 en segundo debate el Proyecto de Ley N掳 21.149, que reforma los art铆culos 94, 94 bis, 95, 96, 97, 100 y 70 del C贸digo de Trabajo, con el fin de combatir la discriminaci贸n laboral contra las mujeres en condici贸n de maternidad.
El proyecto votado por los legisladores introduce cambios importantes en materia de licencias y fueros de protecci贸n relacionados con la maternidad y la paternidad, por lo que es de suma importancia que los patronos se familiaricen con estos y tomen las medidas necesarias para prepararse ante su futura implementaci贸n.
Entre los principales cambios que introduce el proyecto se encuentran los siguientes:
1. Creaci贸n de una serie de licencias especiales que se suman a la ya conocida licencia de maternidad. Espec铆ficamente, se establece:
- Una licencia de tres meses para las personas que adopten de forma individual.
- Una licencia de tres meses para quienes adopten de forma conjunta. En este caso la licencia se podr谩 dividir entre ambas personas y podr谩 disfrutarse de forma conjunta o alterna, a decisi贸n de los adoptantes.
- Una licencia de paternidad de dos d铆as por semana durante las primeras cuatro semanas de vida del menor. Esta licencia es aplicable 煤nicamente para los padres biol贸gicos, seg煤n el texto de la norma, y se establece una indemnizaci贸n de seis salarios en caso de incumplimiento por parte del patrono.
- Una licencia en caso de que la madre fallezca en el parto o durante la licencia de maternidad. En este caso, el padre biol贸gico tendr谩 derecho a disfrutar de la licencia especial posparto que correspond铆a a la madre fallecida. Asimismo, si el padre biol贸gico no asume su responsabilidad en el cuido del menor, la licencia especial se conceder谩 a quien demuestre que se har谩 cargo de la persona reci茅n nacida.
2. Ampliaci贸n del fuero de protecci贸n contra el despido que antes aplicaba 煤nicamente a las trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia. As铆, una vez entre en vigencia la norma, gozar谩n de este fuero de protecci贸n las personas trabajadoras que sean beneficiarias de alguna de las licencias especiales, descritas anteriormente.
3. Obligaci贸n de dar a las personas trabajadoras un permiso con goce de salario de hasta un d铆a para obtener el certificado m茅dico que demuestre el estado de embarazo, as铆 como permisos con goce de salario para asistir a servicios m茅dicos para la atenci贸n del menor, de la madre o de la persona encargada, y para obtener las constancias de lactancia en los centros m茅dicos.
4. Regulaci贸n de distintos supuestos para el otorgamiento del tiempo de lactancia, donde se incorporan expresamente los que ya ten铆an aplicaci贸n en la pr谩ctica. De esta manera, la trabajadora podr谩 elegir y/o acordar con su patrono el disfrute de este beneficio de la siguiente manera:
- Quince minutos cada tres horas.
- Media hora dos veces al d铆a.
- Una hora al inicio de su jornada.
- Una hora antes de la finalizaci贸n de su jornada.
- Ingresar una hora m谩s tarde o salir una hora m谩s temprano del sitio de trabajo.
5. Eliminaci贸n de la disposici贸n que establec铆a que la indemnizaci贸n en caso de despido en periodo de lactancia ser铆a de diez d铆as de salario. En su lugar, se indica 煤nicamente que la indemnizaci贸n por concepto de da帽os y perjuicios se fijar谩 en sentencia, lo cual deja en manos de la persona juzgadora la determinaci贸n del monto a pagar.
6. Ampliaci贸n de la obligaci贸n de contar con una sala de lactancia para todos los patronos que tengan en su establecimiento madres en periodo de lactancia (actualmente esta obligaci贸n 煤nicamente aplica para quienes empleen m谩s de treinta mujeres en esta condici贸n).
7. Incorporaci贸n al C贸digo de Trabajo de la prohibici贸n de exigir una prueba m茅dica de embarazo como condici贸n para la contrataci贸n o permanencia en el empleo. Esta prohibici贸n ya aplica en la pr谩ctica al considerarse una medida discriminatoria, pero no est谩 regulada expresamente.
La norma aprobada en segundo debate se encuentra a la espera de la firma del Presidente de la Rep煤blica, as铆 como de su posterior publicaci贸n en La Gaceta, para entrar a regir oficialmente.
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