Ayer se aprobó en segundo debate el Proyecto de Ley No. 22.265, denominado “Ampliación del Plazo que Autoriza la Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional.” Esta nueva ley adiciona un transitorio a la Ley 9832, que permitía a los patronos que demostraran una afectación económica ante el Ministerio de Trabajo, reducir las jornadas de trabajo y los respectivos salarios con el fin de mantener los contratos de trabajo. Esta posibilidad de reducir las jornadas permite prorrogar la reducción por un único período de tres meses, adicional al límite de dos prórrogas permitidas por el artículo 5 de la Ley 9832.
Es importante considerar que este nuevo transitorio impone diversos requisitos para poder aplicar la prórroga:
Adicionalmente, en caso de autorizarse la prórroga de la reducción por parte del Ministerio de Trabajo se prohíbe lo siguiente: