El pasado martes 22 de octubre, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley 22567 la cual establece la obligatoriedad para las sociedades mercantiles de incluir —a la hora de su constitución— una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y judiciales.
Las sociedades mercantiles inscritas antes de esta ley cuentan con seis meses a partir de su vigencia, para consignar la dirección de correo electrónico ante el Registro Nacional, el cual deberá habilitar una plataforma y procedimiento para dicho efecto.
En caso de requerir asesoría para este procedimiento, puede contactarnos.