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Factura electrónica: ahora sí, reconocida como verdadero título ejecutivo

El pasado mes de mayo del 2021 se publicó la Ley 9973 por la cual la Asamblea Legislativa realizó la reforma al artículo 460 de nuestro Código de Comercio, otorgándole finalmente el carácter de título ejecutivo a la factura electrónica.

Para muchos esta reforma era muy esperada y necesaria, sin embargo, para muchos otros se consideraba un desacierto, ya que para tener tal carácter el vendedor o emisor requerían de un procedimiento en el cual el receptor de la factura electrónico la firmase, ya fuese directamente él o su mandatario.

Sin embargo, el pasado 31 de agosto la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de ley numero 21.679 denominado “Ley para Darle Carácter de Título Ejecutivo a la Factura Electrónica y Constituirla en Valor Negociable”.

Con esta nueva reforma al artículo 460 bis se establece que “Los comprobantes electrónicos, mensajes de confirmación o cualquier otra señal equivalente que emita o envíe el deudor como manifestación de aceptación tendrán eficacia jurídica y fuerza probatoria”. Corrigiendo de esta manera su error y finalmente dando una equivalencia funcional a la factura electrónica.

De la misma manera se adiciona un articulo 460 TER, en el que se establece que: “Toda factura comercial o de servicio, emitida por medios electrónicos… debidamente aceptada conforme al procedimiento establecido por la Dirección General de Tributación o mediante la aceptación automática de este artículo, tendrá carácter de título ejecutivo y podrá ser anotada en cuenta por su titular ante una central de valores autorizada, en cuyo caso se tendrá como valor individual para todos los efectos legales”.

Con la adición de este nuevo artículo termina la Asamblea efectivamente -como lo expresa el título de la ley- de reconocer a la factura electrónica como título ejecutivo, y le otorga un carácter de valor negociable.

Esta reforma no solo es coherente con la dirección y tendencia de los comercios hacia la digitalización, sino que permite que la recuperación de los créditos plasmados por este medio sea más sencilla y menos costosa.

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