Esta ley tiene la finalidad de luchar contra la extorsión cobratoria, mediante la sanción de aquellas conductas de amenaza, en concreto: la intimidación de forma personal o, hacia terceras personas, a través de cualquier medio de comunicación bajo el propósito de obligar al deudor a pagar su deuda.
La ley contiene una serie de agravantes tales como: amenazar a una persona menor de edad o un adulto mayor; si el hecho es cometido con un arma; o bien, si la amenaza es realizada por dos o más personas.
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