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#CostaRica 🇨🇷 Cese de Disolución de Sociedades

En el Diario La Gaceta de hoy, martes 24 de mayo, se publicó la Ley N. 10220 “Reforma del transitorio II de la Ley 9428, Impuesto a las personas jurídicas, de 21 de marzo de 2017”.

En esta se establece que aquellas sociedades que se encuentren disueltas por no haber realizado la cancelación del Impuesto a las Sociedades podrán hacer el pago de los períodos adeudados desde el 2016 al 2021, antes del 15 de diciembre de 2022 sin que deban cancelar intereses o multas correspondientes, y podrán solicitar al Registro Público el cese de su disolución.

Para ello, los socios deberán comparecer ante Notario Público, hacer la publicación correspondiente y presentar la solicitud antes del 15 de enero de 2023.

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