Con fecha del 10 de junio de 2026, en causa Rol N° Laboral-Cobranza-795-2025, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de nulidad interpuesto por la demandada, y declaró justificado el despido de una trabajadora desvinculada por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato (artículo 160 N°7 del Código del Trabajo).
El despido se produjo tras una investigación interna, que acreditó malos tratos de la trabajadora hacia sus subordinados —gritos frecuentes, amenazas de despido, trato intimidatorio y uso de expresiones ofensivas—, incompatibles con las funciones de jefatura que desempeñaba.
En lo medular, la Corte de Apelaciones advirtió que el tribunal de primera instancia tuvo por acreditadas conductas que vulneraban el Reglamento Interno de la Empresa, y las denominadas “conductas de quiebre de confianza”, pero pese a ello concluyó que no existía gravedad suficiente para justificar el despido, atendida la antigüedad de la trabajadora, la falta de sanciones previas y la supuesta ausencia de progresividad en las medidas disciplinarias. La Corte reprochó este razonamiento, precisando que “el tenor del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo es claro en el sentido de no exigir la concurrencia de requisitos adicionales”, por lo que la calificación jurídica debía efectuarse sobre la base de los hechos acreditados, no de circunstancias ajenas a la configuración de la causal de despido. En palabras de la Corte, "la gravedad del comportamiento de la demandante sí tuvo la entidad requerida para que operara su despido".
Finalmente, la Corte de Apelaciones de San Miguel concluyó que el juez de instancia “empleó la ley de manera indebida”, al apartarse de los hechos que él mismo había dado por establecidos, destacando que las conductas acreditadas afectaron la confianza exigible en una posición de jefatura, y justificaban el término de la relación laboral. En consecuencia, declaró que el despido se ajustó a derecho, invalidando la sentencia de primera instancia.
Publicado el lunes 15 de junio de 2026.