Actualidad Laboral - Chile

#Chile 🇨🇱 #BDS_AlertaLaboral: Dirección del Trabajo: no se inicia de oficio el procedimiento de investigación por acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo

Escrito por BDS Asesores | Jun 20, 2025 1:00:00 PM

Con fecha del 3 de junio de 2025, en Dictamen Ord. Nº. 385/09, la Dirección del Trabajo se pronunció en torno al inicio del procedimiento de investigación del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo incorporado por la Ley 21.643 al Código del Trabajo.

La autoridad laboral aclara que el empleador no puede iniciar de oficio dicho procedimiento, aún cuando el “superior jerárquico se haya enterado de los hechos que pudieren constituir acoso laboral por una confidencia de la presunta víctima”.

Lo anterior, por cuanto se requiere la denuncia —ya sea por escrito o verbal— de la persona afectada o de quien actúe en su representación, atendido que se trata de un derecho del trabajador, el cual no puede ser obligado a ejercer. Es más, la normativa vigente no contempla la facultad del empleador de iniciar el proceso investigativo, por lo que dicha alternativa debe descartarse.

Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio afirma que ello no obsta a que el empleador tenga el deber de desplegar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores en virtud del deber de cuidado del artículo 184 del Código del Trabajo, así como también el cumplimiento eficaz de las medidas de prevención dentro del contexto señalado.

Publicado el viernes 20 de junio de 2025.